(1) He preferido colonia y no período hispánico, porque entiendo que esa designación no puede extenderse a toda la dominación española. Es cierto que los reinos de Indias integraban a igualdad con los reinos de España el poderoso imperio hispano; que unas se manejaban por el Consejo de Indias y los otros por el de Castilla o Real; que en unos regía la legislación indiana y en los otros la peninsular. Pero esto ocurrió durante la dinastía de los Austria, hasta el tratado de Utrecht (1713) que puso fin a la guerra de sucesión y señaló el advenimiento de la dinastía Borbón. Hasta 1713, pues,"puede hablarse con propiedad de "período hispánico".

Pero después de Utrecht la concepción francesa sustituyó a la española. Los reinos de Indias se transforman en colonias de América ("América" era la designación inglesa, francesa y portuguesa para el continente que los españoles habían llamado "Indias Occidentales"). La centralización borbónica anuló al Consejo de Indias -cuyas funciones esenciales pasaron al cortesano -Secretario del Despacho Universal-, e hizo letra muerta de la legislación indiana. El tratamiento que se dio a "América" fue semejante al que tenían las "colonias" francesas de Canadá y Luisiana. Fueron dependencias de la metrópoli, y no reinos autónomos. Hasta la voz "criollo" (corrupción del creole francés) con el significado peyorativo que tenía en Francia, fue introducida en el lenguaje corriente.

En Utrecht puede encontrarse, por lo tanto, la raíz del movimiento de independencia que se exteriorizó (a lo menos en 1810) como un choque entre el viejo autonomismo indiano contra el reciente centralismo borbónico. La polémica entre Castelli y el obispo Lué en el Cabildo abierto del 22 de mayo es sobradamente ilustrativa. (Nota de la 2º edición).

(2) Autarquía no es sinónimo de independencia económica; aquélla significa producir lo necesario para satisfacer el consumo interno; ésta, el dominio de la producción y del consumo nacional, aun cuando la producción se exporte y el consumo se importe.

La autarquía absoluta es imposible, a lo menos dentro de las actuales condiciones de la vida económica. Pero toda nación debe -si tiene posibilidades- aspirar a una autarquía relativa, esto es, a producir lo imprescindible. Podría, así, prescindir del mercado exterior por un determinado tiempo si las contingencias internacionales la movieran a ello.

Independencia no es autarquía. Una nación puede vivir del comercio internacional importando alimentos, y materias primas, y exportando mercaderías elaboradas, y sin embargo, tener la más absoluta independencia económica. Que es el caso de Inglaterra. Para ello precisa poseer capitales, marina mercante, ferrocarriles, seguros, etc., que la hagan dueña virtual de su intercambio. Pero tampoco autarquía significa necesariamente independencia. Puede una nación producir lo imprescindible dentro de sus fronteras sin ser dueña de su economía. Como cuando el control de sus industrias, transportes internos, instituciones de crédito, etc., se encuentra en manos extranjeras.

(3) Citadas ambas por R. LEVENE, Historia económica del Virreinato deL Río de la Plata. T. II, Pág. 130.

(4) SOLORZANO, Política Indiana, Pág. 65. La reglamentación de Toledo "señala las tareas a que les han de obligar (a los indios encomendados, jornales y salarias que se les han de pagar, la distancia de leguas de donde podrían ser llevados, y todo lo conveniente para excusar que no fueran oprimidos ni agraviados en este servicio, ni se pudiese tener por duro e injusto".

(5) Cédula del Consejo de Indias de l60l, y disposiciones posteriores de 1603, 1610 y 1615. .En una Carta de la Audiencia de Lima de 1821 se lee: "Que no se permita que los encomenderos tengan obrajes dentro de sus encomiendas, ni tan cerca de ellas que se pueda recatar, que se aprovecharan de los indios y de sus servicios personales para ellos," (SOLORZANO, ob. cit., pág. 66)

(6) R. R. CAILLER BOIS, Un ejemplo de la industria textil colonial (en Boletín del Inst. Inv. Hist. de la fac Fil. y Let., XX, 67 y 68, Pág. 19). En este trabajo se describe la vida industrial en las reducciones de Moxos al finalizar el siglo XVIII.

(7) J.A.GARCIA, La ciudad indiana, Pág. 128.

(8) SOLORZANO, ob. cit., Pág. 49: "Demás de que también se ofrece la duda, de si tendría inconveniente que las provincias de Indias se introduzcan y permitan tantos esclavos negros como para estos servicios sería menester, y veo que lo han prohibido muchas cédulas que se habla en el IV tomo de las Impresos de que hace mención ANTONIO DE HERRERA. Aunque por otros, según la han ido pidiendo los tiempos y ocasiones, por ir faltando los indios, se han dado órdenes y permisiones para lo contrario", (L. II, cap. XVI).

(9) R. LEVENE, ob. cit., Pág. I43. El Cabildo resolvió permitir el trabajo de los negros esclavos en los talleres, atendiendo a "que hay muchas viudas y familias que se sustentan con el jornal de sus esclavos, a los cuales, por lo mismo, no es conveniente separarlos de las artes mecánicas".

J. A. WILDE, Buenos Aires 70 años atrás, Págs. 108 y 109, explica el porqué de este trabajo industrial de los negros esclavos: "Infinidad de esclavos se libertaban por sus propios medios, y sus amos les proporcionaban los medios de hacerlo. Por ejemplo, unos salían a trabajar a jornal, que entregaban a sus amos, y éstos les adjudicaban una parte, con la cual, más o menos pronto, alcanzaban la suma requerida para obtener su libertad."

VIDAL, en sus Observaciones sobre Buenos Aires y Montevideo (trans. por WILDE, ob. cit., pág. 106) dice: "La esclavitud en Buenos Aires, es verdadera libertad, comparada con la de otras naciones.".

(10) F. MARQUEZ MIRANDA, Los artífices de la platería, Pág. 155. Sobre la supresión de la "limpieza de sangre" puede leerse el informe del Síndico Procurador del Cabildo de Buenos Aires, don Matías Chavarría, en mayo de 1796: "no hay estatuto ni disposición que excluya de las artes en Indias a las personas de baja condición o vil origen; lo que se apetece y busca es la pericia, habilidad y buena conducta" (ob. cit., pág. 186).

(11) La Revista de Buenos Aires. T. XII, Pág. 19 y ss.

(12) Relaciones de los viajes de monsieur Azcárate de Biscay al Río de la Plata. (La "Rev. de Buenos Aires", t. XIII, Pág.. 19 y ss.).

(13) EMILIO CONI, en su Bien informada Historia de Las vaquerías, llama a Azcárate, aunque por otros motivos, Tartarín vasco-francés.

(14) EMILIO CONI, ob. cit.

(15) D.L.MOLINARI, La representación de los hacendados de Mariano Moreno, Pág. 57. Esta importantísima obra, me ha servido de guía para el estudio del expediente de 1809, por el cual se abrió el puerto de Buenos Aires al comercio con Inglaterra.

(16) A.DE L. PINELO, Tratado de confirmaciones reales.

(17) EMILIO CONI. ob.cit.

(18) Informes coleccionados por LEVENE en ob. cit.

(19) El texto se refiere a 1942. (Nota de 1a 2n ed.)

(20) J. TORRE REVELLO, EL gremio de plateros en las Indias Occidentales, Buenos Aires, 1932. F. M ARQUEZ MIRANDA. Ensayo sobre los artífices de la platería en el Buenos Aires colonial, Buenos Aires, 1933.

(21) Petitorio de Dillon y Thwaites al virrey Cisneros, en MOLINARI, ob. cit. A Molinari se deben el descubrimiento y la publicación del expediente.

(22) JUAN ALVAREZ, Estudio sobre las guerras civiles Argentinas, analiza ese aspecto económico de las rivalidades interprovinciales.


Defensa Y Pérdida De Nuestra Independencia Económica - José María Rosa
EDICION GRATUITA - Octubre del 2001
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